#23 - Claves: Punto final al Mandato del Administrador

#23 - Claves: Punto final al Mandato del Administrador


1 Comentario

La Administración de un Consorcio no es una tarea fácil y, además, tampoco bien remunerada, tomando en cuenta todas las obligaciones que exige la normativa que se cumplan y que pesan sobre quien tiene esa tarea, ocupando tiempo "extra" a su horario normal de oficina, que nadie le estaría abonando. No obstante ésto, sabemos que los honorarios se acuerdan y que es imposible ponerle un número justo (o pagable), por consiguiente, en ciertos mandatos se generan tensiones que llevan a una remoción. 

En CAPITAL FEDERAL existe un Registro Público de Administradores de Consorcios que se va renovando año tras año y estar matriculados es requisito obligatorio para poder ejercer esa función. Muchas veces, recibimos las expensas y no se chequea si el RPA está al día, pero es un hábito que se podría practicar, evitando así problemas innecesarios. 

La Administración FOCUS, a cargo de Ariel Vallejos, propone tocar un tema muy sensible para muchos Consorcios (y también para otros administradores). Se trata de la remoción y el traspaso. ¿Qué nos recomienda? 

Cuando un Consorcio decide poner punto final a la relación con su Administrador, puede autoconvocarse y votar en Asamblea, protocolizando dicha acta, para que el nuevo mandatario reclame al saliente la documentación de su mandante. 

En el caso de que haya una negativa a dicha entrega, se deberá intimar, vía carta documento, y de persistir en esa actitud, se hará la denuncia por retención indebida. 

¿Motivos? Muchos alegan una deuda a su favor, sin embargo, mediar una solución es más acertado que obrar de ésta manera, ya que causa un perjuicio enorme a quienes representó. 

¿A Ustedes les paso transitar por un traspaso problemático? ¡Comentame tu experiencia!




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ADMINISTRADOR: ARIEL VALLEJOS
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1 comentario:

  1. Hola, muy bueno el blog. Una consulta sobre este tema. La autoconvocada para darle validez, ambas opciones que enumero serían correctas? 1) reunión autoconvocada y firma x los concurrentes de un papel (acta) con escribano presente. luego se le envia CD al administrador actual con la transcripción 2) reunión con libro de actas del consorcio (si se consigue) firman los presentes, sin escribano. - Habría una opción (3)??? Muchas gracias!

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