En el mercado inmobiliario hay la civersos tipos de operaciones: la compra de un inmueble con los ahorros de toda una vida, o con un crédito hipotecario o, por ejemplo, con la venta de otro inmueble.
Se denomina "operación de venta simultánea" porque la compra se encuentra encadenada a la venta de una propiedad.
En éste último caso, muchas inmobiliarias advierten que la compra de una nueva propiedad está condicionada a la venta de la otra, lo cual complica la situación, puesto que muchas veces cuando el vendedor sale a buscar una propiedad de su gusto y la encuentra, se debe esperar a que la otra se venda y, generalmente, se pierde aquella.
A su vez, la propuesta que se haga por una nueva propiedad también está condicionada al precio de aquella que se vende, y eso también dificulta la operación final.
Entonces, ¿cómo se debe proceder en estos casos?
- Primero, debemos empezar por la comercialización de la propiedad en la cual vivimos y, mientras tanto, estar informado sobre el mercado actual, qué opciones se ofrecen en el rango de precios que disponemos.
- Una vez que se obtiene una Reserva Ad-Referendum de la propiedad actual, se disponen entre 15 a 20 días para reservar la otra propiedad que se desea.
- Ya con la Reserva de Compra de la propiedad futura, se deberá acordar una fecha para hacer la escritura simultánea.
- Cuando se realiza el Boleto de Compra-Venta simultáneo, se recibe aproximadamente un 30% del inmueble que se vende y el mismo porcentaje se entrega por el que se compra. Se acordarán acá los plazos para la escritura traslativa de dominio.
- Al momento de la escrituración, se abonará el 70% restante y los honorarios por la operación, como también, las comisiones a las inmobiliarias.
Como podrán apreciar, buscar y vender una propiedad no resulta tan sencillo. En un momento en que el mercado se encuentra paralizado o retrasado por las diferentes políticas gubernamentales, concretar este tipo de operaciones se torna un dolor de cabeza, pero no dejan de ser recomendadas.
Es de suma importancia contar con una inmobiliaria que tenga vasta experiencia en este tipo de operaciones ya que se puede perder mucha plata si no se hace de la forma debida y también, perder la casa de nuestros sueños si no se actúa a tiempo.
Estimados:
ResponderEliminarHace un tiempo me suscribí a Vro. Blog para estar más actualizado respecto del tema consorcial ya que mi actividad esta estrechamente vinculada.-
Pero, me parece que las opiniones que vierten cuando se tratan de temas inmobiliarios deberían cotejarlas previamente con quienes estamos en el tema inmobiliario. Existen muchos detalles en una operación inmobiliaria que no son tan estrictos como para incorporarlos a manera de norma en estos comentarios, con la posibilidad de asesorar erroneamente, aún con la mejor intención de que el usuario esté asesorado.-
Quedando a Vtra. disposición para cualquier ampliación o consulta, los saludo muy atentamente.-
Feliz año 2014!!!
Alberto Héctor Loyarte
Martillero y Corredor Inmobiliario C.U.C.I.C.B.A. 2359 - Miembro de I.C.C.A.
Productor Asesor de Seguros S.S.N. 68124
HABILITACIONES MUNICIPALES C.A.B.A. Locales, Oficinas, Galpones, etc.
Tel. 011-15-4971-0393 albertoloyarte@yahoo.com
Co director de la página de asesoramiento en materia de inversiones,
servicios y negocios http://savoirfaire.webnode.com.ar/
Estimado Alberto,
EliminarLa información que vertí en esta nota está cotejada con un agente inmobiliario amigo y también es un poco mi opinión personal sobre el tema. Recomiendo totalmente este tipo de operaciones cuando la inmobiliaria tiene experiencia en ello. Agradezco su opinión y con gusto lo consultaré en futuros artículos sobre este tema, al igual que hago con otros colegas suyos. Feliz 2014 para Usted también!
Saludos Cordiales!