CONSULTA: Daños en la propiedad por acontecimientos de fuerza mayor

CONSULTA: Daños en la propiedad por acontecimientos de fuerza mayor


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Hoy tuve una consulta telefónica que me pareció muy interesante compartir con Ustedes puesto que le puede pasar a cualquier y es importante no dejarse engañar ni "apurar" por nadie. 

Una señora llamó y me comentó que en su departamento, debido al último temporal que azotó la Ciudad de Buenos Aires, entró mucha agua por el balcón y arruinó todo el piso del comedor. 

Esta persona está alquilando la propiedad y le planteó el problema a la propietaria. No le arruinó ningún bien propio pero las condiciones en las que quedaron los pisos fue realmente desastroza y el olor, humedad, que había en la casa debido a esto le estaba produciendo un perjuicio. 

La respuesta de la locadora fue que por el contrato de alquiler, quien debe arreglar este daño es la inquilina. Le recomendó leer bien el contrato y que en la claúsula 6ta decía explícitamente que era SU RESPONSABILIDAD. Un arreglo de esta magnitud puede costar miles de pesos y siendo inquilina, ¿porqué tiene que asumir semejante gasto?

Angustiada, buscó por internet algún espacio donde pueda dar luz a este problema y encontró mi teléfono. Mientras me comentaba, le pedí que lea la claúsula del contrato y en ella decía claramente que "los daños que se ocasionen en la PERSONA o BIENES del locatario producto de acontecimientos de fuerza mayor o caso fortuito estarán a cargo del inquilino". 

La cláusula era muy clara. Hacía referencia a daños en la PERSONA o BIENES del locatario pero el piso del comedor no son bienes del locatario sino parte de la propiedad del locador, por consiguiente, los daños no son responsabilidad del inquilino. 

Este tipo de situaciones pueden pasar si no leemos bien los contratos de alquiler antes de firmarlos ni nos asesoramos previamente sobre las obligaciones y derechos que van a pesar sobre nuestra persona. 

Les aconsejo a todos los que lean este artículo que si están alquilando o van a alquilar o son propietarios y tienen la intención de ofrecer su propiedad en locación, siempre recurran a una persona que pueda redactarles el contrato directamente y teniendo en cuenta la situación de ambas partes para evitar problemas como estos y como muchos que suelen ocurrir cuando quien confecciona el contrato de locación utiliza simplemente un modelo que encontró por internet y no se toma el tiempo de adaptarlo a las partes.

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