CONSULTA: El Administrador despidió al Encargado. Los propietarios quieren que siga. ¿Qué hacer?

CONSULTA: El Administrador despidió al Encargado. Los propietarios quieren que siga. ¿Qué hacer?


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Hace unos días, me llamaron por un tema que suele pasar en los Consorcios y si bien es facultad del Administrador obrar de esa manera, hay ciertas cuestiones que se deben tratar en Asamblea primero. 

Este caso hacía referencia a un encargado que fue despedido por el Administrador y que, hablando con los copropietarios, pudo juntar firmas para que el despido no se haga efectivo (ya que significaba abandonar la portería, sin tener otro lugar donde ir). 

La carta presentada ante el Administrador le solicitaba que de marcha atrás en su decisión ya que había más del 50% de copropietarios que no querían que esta persona abandone sus tareas. Sin embargo, el Administrador no aceptó esta carta y se mantuvo firme en su decisión sin dar a conocer los motivos de la misma. 

La persona que se comunicó conmigo vía email, me planteó la inquietud de que si esto era aceptable o no y qué se podía hacer. En principio, la ley establece dentro de las facultades del Administrador contratar y despedir al personal que trabaja en el Consorcio, pero en ningún caso dice que esto lo puede hacer sin previamente alegar algún motivo, por ejemplo, convocando a una Asamblea. 

Debo recordarles a todos que el Administrador es un mandatario del Consorcio y DEBE POR LEY CUMPLIR CON LAS DECISIONES TOMADAS EN LA ASAMBLEA, lo cual quiere decir que si hay motivos para que el encargado sea despedido, lo correcto sería convocar a una Asamblea y debatir la cuestión en ella. No hay que olvidarse que un despido SIN JUSTA CAUSA implica para el Consorcio el pago de una indemnización que la mayoría de las veces suele ser un dolor de cabeza para muchos ya que implica un aumento de expensas, entre otras cosas. 

Resulta muy interesante el hecho de que el encargado haya recolectado firmas a su favor y presentara esta nota ante el Administrador, pero lo que más sorprende es el hecho de que aún con las firmas de los copropietarios, el Administrador no haya ni siquiera convocado una Asamblea. 

En este caso, lo que se debería hacer es intimar, a través de una nota escrita entregada en la oficina del Administrador con una copia en poder de alguno y sellada como recibida, al Administrador para que convoque a una Asamblea y plantee el tema en debida forma para ser discutido y resulto por todos. 

A quien me consulta siempre le digo lo siguiente: si dejamos que otros tomen las decisiones por nosotros, entonces, ¿de qué nos quejamos?. 
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