Los Edificios requieren SIEMPRE de un mantenimiento en sus partes comunes, de lo contrario, pueden producirse siniestros que pongan en riesgo la vida de todos. Sin embargo, pocos Consorcios son conscientes de ésta necesidad y, generalmente por falta de fondos, postergan las revisiones y adecuaciones tanto en su sistema eléctrico y de transporte de fluidos.
Una chispa puede desatar un infierno, sin importar los daños materiales (o las vidas humanas) que se puedan ocasionar, y no existe SEGURO en el mundo que pueda devolver a un ser querido cuando ya no está, y se pudo evitar esa pérdida. La actual Ley 5920 sancionada en el 2018 prescribe un sistema de autoprotección que sería de carácter VOLUNTARIO para los Edificios destinados a vivienda.
Los Seguros contra Incendios para Consorcios pueden ser muy completos si, al momento de contratarlos, el broker y el Administrador (junto al Consejo de Propietarios) acuerdan las medidas preventivas a tomar para que, en caso de sucederse un acontecimiento, el seguro responda pagando por los daños.
Siempre es aconsejable revisar de punta a punta la póliza y sacarse todas las dudas, actualizando los montos asegurados y registrando los cambios que puedan impactar en un costo extra, para no quedar desprotegidos en ninguna circunstancia. Ésto dependerá, claramente, de la realidad de cada Edificio, no siendo necesario, en muchos casos, la contratación de una póliza compleja.
La COMPAÑÍA DE SEGUROS HANSEÁTICA S.A recomienda realizar los mantenimientos necesarios, para evitar la producción de siniestros, y mantener siempre un contacto con quienes brindan la póliza de seguro para clarificar dudas, siendo la atención personalizada un pilar fundamental en el servicio brindado.
Asimismo, en caso de cambiar de compañía, resalta la necesidad de adecuar las sumas aseguradas y tomarse un tiempo prudencial para evaluar si el Consorcio realmente se encuentra cubierto, haciendo las advertencias necesarias en caso de no optar por ciertas coberturas que, si bien pueden aumentar el pago mensual, les dará más tranquilidad.
¿En su Edificio qué cobertura poseen? ¿Conocen realmente la póliza de su seguro? ¿Controlan que efectivamente esté paga?
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EMPRESA AUTORIZADA
En una nueva entrega de #PASAENMICONSORCIO de la mano de @pablofourcade nos encontramos con un espacio que (se supone) es para que disfrutemos y cuidemos entre todos, pero en muchos Edificios ésto no pasa y se llega al extremo (totalmente innecesario) de cerrar su acceso con llave y tener que pedir autorización para usarlo. ¿De qué estoy hablando?
El SUM es un lugar de recreación, a veces de lujo, ya que puede tener pileta y una parrilla incorporada, con la posibilidad de lugares para tomar sol y charlar. En algunos Edificios sólo nos encontramos con una terraza enorme y una parrilla cubierta con mesa y sillas pero, más allá de lo que dispone ese lugar, la función que tiene es entretenimiento y, por tal motivo, debe ser cuidado por todos. ¿Eso ocurre? No siempre, y ahí es dónde comienzan los problemas de convivencia.
Lo que recomiendo es establecer reglas claras en el Reglamento de Propiedad o en el Reglamento Interno del lugar y generar un libro en dónde se reserve su uso (fuera del horario en el que está disponible, según la temporada) para ocasiones especiales, con la condición de que quienes lo usen lo dejen impecable y no carguen el trabajo de limpieza a otros que, quizá, no fueron invitados a la fiesta.
¿En tu Edificio hay SUM? ¿Se establecieron reglas para su uso? ¿Qué tal funcionan?
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#10 - PASAENMICONSORCIO: "Qué bonita vecindad..."
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